sobre el Régimen Legal de las Telecomunicaciones en Colombia...
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09 mayo, 2016

Nueva medida contra el Hurto de Teléfonos Celulares, relacionada con la verificación de Equipos Terminales Móviles

En línea con la Estrategia Nacional contra el hurto de celulares, la Comisión de Regulación  de Comunicaciones -CRC publicó para conocimiento de todos los interesados la Resolución CRC 4937 de 2016 "Por la cual se determinan condiciones de implementación y operación para el proceso de verificación centralizada de equipos terminales móviles", con su respectivo documento de respuestas a comentarios.

Dicha Resolución, modifica y complementa aspectos técnicos incluidos en las Resoluciones CRC 3128 de 2011 y 4813 de 2015; y ha sido incluida en el Diario Oficial No. 49.859 del 29 de abril del presente año 2016.

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FUENTE: www.crcom.gov.co 09/05/2016

20 abril, 2016

La Comisión de Regulación de Comunicaciones -CRC creó la marcación 141 para los Servicios de Atención Integral a Niños y Adolescentes

A través de esta línea gratuita los infantes y adolescentes podrán acceder a los servicios que presta el Instituto Colombiano de Bienestar Familiar (ICBF), encaminados a fomentar y asegurar su sano desarrollo. Los operadores de telecomunicaciones deberán activar esta marcación dentro de los próximos 45 días, para que sea accesible desde cualquier parte del país.

La CRC habilitó la marcación abreviada 141, de fácil recordación y uso, para el servicio denominado “Atención Integral Gubernamental Niñas, Niños y Adolescentes”. De esta manera la Comisión de Regulación de Comunicaciones permite que el Sector TIC proporcione un mecanismo adicional para la protección de los derechos de los menores.

Aparte de crear la línea 141, la CRC revisó y amplió el campo de acción del número 106, inicialmente dedicado a las denuncias de maltrato a la infancia. En apoyo a las actividades que tienen que ver con otras problemáticas, la Comisión autorizó su destinación para brindar soporte en situaciones de crisis.

Ahora, el 106 además de brindar servicios sociales relacionados con la niñez y adolescencia, podrá atender amenazas de suicidio, violencia intrafamiliar y situaciones similares que afectan a poblaciones vulnerables y a la ciudadanía en general.

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FUENTE: www.crcom.gov.co - 20 de Abril de 2016

18 octubre, 2012

Por tiempos, este año no habría subasta de 4G

 
De acuerdo con los tiempos establecidos en el último cronograma que entregó el Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones –el 24 de agosto pasado– para la subasta de espectro 4G, este año ya no se realizará la puja y comenzará a correr el reloj en contra de los objetivos de masificación de banda ancha del Gobierno, que espera llegar a 8,8 millones de conexiones para el 2014.

Las cuentas son claras y sencillas para la puja que debió llevarse a cabo en septiembre...

Fuente: Portafolio.co 17 de Octubre de 2012

Radican proyecto de Ley Antimonopolio en Comunicaciones


Los senadores Jorge Enrique Robledo, del Polo Democrático, y Juan Mario Laserna, del Partido Conservador, radicarán hoy en la noche el llamado proyecto de ley antimonopolio ante la Secretaría General del Senado que busca intervenir al mercado de las comunicaciones móviles en el país creando topes máximos del 30 por ciento en la participación de las empresas, como sucede en el mercado de la generación eléctrica.

Ya circula en la Red una copia del articulado. http://pdfcast.org/pdf/copia-texto-ley-antimonopolio

Fuente: Portafolio.co 17 de Octubre de 2012

Debate sobre la Firma Electrónica


Más allá de su condición como representante legal de una entidad de certificación abierta (Certicámara), es mi deber presentar algunos comentarios frente a los puntos expuestos a continuación:
1. En su columna se omiten los cambios regulatorios que incorporó el nuevo Código General del Proceso (Ley 1564 del 12 de julio de 2012) sobre las firmas electrónicas y las digitales.
Respecto de estas firmas, no se impuso el uso obligatorio de ninguna (Art. 74). De requerirán de la firma digital (Art. 82) y que los funcionarios y empleados digitales “podrán usar la firma electrónica” en todos sus actos escritos (Art. 105).
2. En cuanto a los documentos, existe un...

Fuente: Portafolio.co 17 de Octubre de 2012

06 febrero, 2011

Ley de las Telecomunicaciones (TICs) en Colombia

COLOMBIA: LEY DE TIC (2009)

El Presidente Álvaro Uribe sancionó la Ley 1341 del 30 de julio de 2009 con la que se busca darle a Colombia un marco normativo para el desarrollo del sector de Tecnologías de Información y Comunicaciones (TIC), promueve el acceso y uso de las TIC a través de la masificación, garantiza la libre competencia, el uso eficiente de la infraestructura y el espectro, y en especial, fortalece la protección de los derechos de los usuarios.
Según el Ministerio de Comunicaciones, la nueva Ley permite a los operadores prestar cualquier servicio que técnicamente sea viable, pone en igualdad de condiciones a los operadores en el momento de prestar dichos servicios y hace especial énfasis en la protección de los usuarios de telecomunicaciones. En adelante los ciudadanos que tengan quejas en la prestación de servicios de telefonía móvil, internet o telefonía fija, podrán acudir a la Superintendencia de Industria y Comercio, única entidad encargada de resolver sus reclamaciones.
Entre el articulado de esta Ley, estacan los siguientes artículos por tener impacto directo en el sector educativo del país:
ARTÍCULO 2.- PRINCIPIOS ORIENTADORES. La investigación, el fomento, la promoción y el desarrollo de las Tecnologías de la Información y las Comunicaciones son una política de Estado que involucra a todos los sectores y niveles de la administración pública y de la sociedad, para contribuir al desarrollo educativo, cultural, económico, social y político e incrementar la productividad, la competitividad, el respeto a los derechos humanos inherentes y la inclusión social.
Las Tecnologías de la Información y las Comunicaciones deben servir al interés general y es deber del Estado promover su acceso eficiente y en igualdad de oportunidades, a todos los habitantes del territorio nacional.
Son principios orientadores de la presente Ley
7. El Derecho a la comunicación, la información y la educación y los servicios básicos de las TIC: En desarrollo de los artículos 20 y 67 de la Constitución Nacional el Estado propiciará a todo colombiano el derecho al acceso a las tecnologías de la información y las comunicaciones básicas, que permitan el ejercicio pleno de los siguientes derechos: La libertad de expresión y de difundir su pensamiento y opiniones, la de informar y recibir información veraz e imparcial, la educación y el acceso al conocimiento, a la ciencia, a la técnica, y a los demás bienes y valores de la cultura. Adicionalmente el Estado establecerá programas para que la población de los estratos desarrollará programas para que la población de los estratos menos favorecidos y la población rural tengan acceso y uso a las plataformas de comunicación, en especial de Internet y contenidos informáticos y de educación integral.
ARTÍCULO 6.- DEFINICIÓN DE TIC: Las Tecnologías de la Información y las Comunicaciones (en adelante TIC), son el conjunto de recursos, herramientas, equipos, programas informáticos, aplicaciones, redes y medios, que permiten la compilación, procesamiento, almacenamiento, transmisión de información como:
voz, datos, texto, vídeo e imágenes
ARTÍCULO 39.- ARTICULACIÓN DEL PLAN DE TIC: El Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones coordinará la articulación del Plan de TIC, con el Plan de Educación y los demás planes sectoriales, para facilitar la concatenación de las acciones, eficiencia en la utilización de los recursos y avanzar hacia los mismos objetivos. Apoyará al Ministerio de Educación Nacional para:
1. Fomentar el emprendimiento en TIC, desde los establecimientos educativos, con alto contenido en innovación
2. Poner en marcha un Sistema Nacional de alfabetización digital.
3. Capacitar en TIC a docentes de todos los niveles.
4. Incluir la cátedra de TIC en todo el sistema educativo, desde la infancia.
5. Ejercer mayor control en los cafés Internet para seguridad de los niños
Descargue la Ley 1341 de Junio 30 de 2009 en formato PDF (publicada en el Diario Oficial No 47426 de junio 30 de 2009).

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Reglamentacion de la Ley 1341 de 2009 (julio 30):
Desarrollada parcialmente por D.2888/09, DO.47431 (ago.4/09)
Art. 10, 15 reglamentados por D.4948/09, DO.47567 (dic.18/09)
Art. 69 reglamentado por D.5052/09, DO. 47577 (dic.29/09)
Art. 11, 72 reglamentados por D.4392/10, DO.47902 (nov.23/10)