sobre el Régimen Legal de las Telecomunicaciones en Colombia...
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18 octubre, 2012

Por tiempos, este año no habría subasta de 4G

 
De acuerdo con los tiempos establecidos en el último cronograma que entregó el Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones –el 24 de agosto pasado– para la subasta de espectro 4G, este año ya no se realizará la puja y comenzará a correr el reloj en contra de los objetivos de masificación de banda ancha del Gobierno, que espera llegar a 8,8 millones de conexiones para el 2014.

Las cuentas son claras y sencillas para la puja que debió llevarse a cabo en septiembre...

Fuente: Portafolio.co 17 de Octubre de 2012

27 septiembre, 2012

Economía Seguridad para hacer negocios en Internet genera pulso

Un decreto abriría las puertas a mecanismos diferentes a la firma digital, que tendrían la misma validez.  

La seguridad del comercio en línea, las transacciones bancarias, exportaciones, pago del presupuesto nacional, gobierno electrónico, licitaciones y sistemas de control y vigilancia están en el centro de un debate por posibles cambios en las normas sobre firma electrónica y firma digital.

Un proyecto de decreto del Ministerio de Comercio apunta a darle a la llamada firma electrónica la misma validez que tiene la firma digital. Esta última es hoy el único mecanismo de autenticidad, integridad y no repudio en acuerdos legales y comerciales realizados por medios electrónicos.

FUENTE: portafolio.co 27 de Septiembre de 2012

06 febrero, 2011

Ley de las Telecomunicaciones (TICs) en Colombia

COLOMBIA: LEY DE TIC (2009)

El Presidente Álvaro Uribe sancionó la Ley 1341 del 30 de julio de 2009 con la que se busca darle a Colombia un marco normativo para el desarrollo del sector de Tecnologías de Información y Comunicaciones (TIC), promueve el acceso y uso de las TIC a través de la masificación, garantiza la libre competencia, el uso eficiente de la infraestructura y el espectro, y en especial, fortalece la protección de los derechos de los usuarios.
Según el Ministerio de Comunicaciones, la nueva Ley permite a los operadores prestar cualquier servicio que técnicamente sea viable, pone en igualdad de condiciones a los operadores en el momento de prestar dichos servicios y hace especial énfasis en la protección de los usuarios de telecomunicaciones. En adelante los ciudadanos que tengan quejas en la prestación de servicios de telefonía móvil, internet o telefonía fija, podrán acudir a la Superintendencia de Industria y Comercio, única entidad encargada de resolver sus reclamaciones.
Entre el articulado de esta Ley, estacan los siguientes artículos por tener impacto directo en el sector educativo del país:
ARTÍCULO 2.- PRINCIPIOS ORIENTADORES. La investigación, el fomento, la promoción y el desarrollo de las Tecnologías de la Información y las Comunicaciones son una política de Estado que involucra a todos los sectores y niveles de la administración pública y de la sociedad, para contribuir al desarrollo educativo, cultural, económico, social y político e incrementar la productividad, la competitividad, el respeto a los derechos humanos inherentes y la inclusión social.
Las Tecnologías de la Información y las Comunicaciones deben servir al interés general y es deber del Estado promover su acceso eficiente y en igualdad de oportunidades, a todos los habitantes del territorio nacional.
Son principios orientadores de la presente Ley
7. El Derecho a la comunicación, la información y la educación y los servicios básicos de las TIC: En desarrollo de los artículos 20 y 67 de la Constitución Nacional el Estado propiciará a todo colombiano el derecho al acceso a las tecnologías de la información y las comunicaciones básicas, que permitan el ejercicio pleno de los siguientes derechos: La libertad de expresión y de difundir su pensamiento y opiniones, la de informar y recibir información veraz e imparcial, la educación y el acceso al conocimiento, a la ciencia, a la técnica, y a los demás bienes y valores de la cultura. Adicionalmente el Estado establecerá programas para que la población de los estratos desarrollará programas para que la población de los estratos menos favorecidos y la población rural tengan acceso y uso a las plataformas de comunicación, en especial de Internet y contenidos informáticos y de educación integral.
ARTÍCULO 6.- DEFINICIÓN DE TIC: Las Tecnologías de la Información y las Comunicaciones (en adelante TIC), son el conjunto de recursos, herramientas, equipos, programas informáticos, aplicaciones, redes y medios, que permiten la compilación, procesamiento, almacenamiento, transmisión de información como:
voz, datos, texto, vídeo e imágenes
ARTÍCULO 39.- ARTICULACIÓN DEL PLAN DE TIC: El Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones coordinará la articulación del Plan de TIC, con el Plan de Educación y los demás planes sectoriales, para facilitar la concatenación de las acciones, eficiencia en la utilización de los recursos y avanzar hacia los mismos objetivos. Apoyará al Ministerio de Educación Nacional para:
1. Fomentar el emprendimiento en TIC, desde los establecimientos educativos, con alto contenido en innovación
2. Poner en marcha un Sistema Nacional de alfabetización digital.
3. Capacitar en TIC a docentes de todos los niveles.
4. Incluir la cátedra de TIC en todo el sistema educativo, desde la infancia.
5. Ejercer mayor control en los cafés Internet para seguridad de los niños
Descargue la Ley 1341 de Junio 30 de 2009 en formato PDF (publicada en el Diario Oficial No 47426 de junio 30 de 2009).

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Reglamentacion de la Ley 1341 de 2009 (julio 30):
Desarrollada parcialmente por D.2888/09, DO.47431 (ago.4/09)
Art. 10, 15 reglamentados por D.4948/09, DO.47567 (dic.18/09)
Art. 69 reglamentado por D.5052/09, DO. 47577 (dic.29/09)
Art. 11, 72 reglamentados por D.4392/10, DO.47902 (nov.23/10)